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Preguntas frecuentes del Portal de Subastas Electrónicas Judiciales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

1.1 ¿Qué es el Portal de Subastas Electrónicas Judiciales?

El Portal de Subastas Electrónicas Judiciales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ofrece los siguientes servicios:

  • Publica información sobre las subastas judiciales: fecha de celebración, descripción, precio, fotografías, planos, existencia de cargas, etc.
  • Permite a todos los ciudadanos seguir por internet la celebración de subastas, de forma completamente anónima.
  • Permite que las personas empadronadas en el Registro de Subastas Electrónicas Judiciales, puedan inscribirse y participar como postores en las subastas, de forma completamente anónima.

1.2 ¿Qué son las subastas electrónicas judiciales?

Es un acto procesal ordenado por la autoridad judicial, cuyo objeto es la enajenación de determinados bienes inmuebles, muebles, semovientes, valores de propiedad del deudor, a fin de satisfacer los derechos del acreedor.

1.3. ¿Qué es una subasta electrónica judicial?

Es el procedimiento interactivo de puja entre postores, de manera anónima y simultánea, por medio de un portal digital, destinado a la realización de los bienes cuya venta haya sido dispuesta por la autoridad judicial.

1.4 ¿Cómo puedo obtener información sobre una subasta?

Para acceder a la información publicada sobre una subasta, utilice el Buscador de subastas del portal, donde deberá detallar la subasta que le interese consultar.

1.5 ¿Puedo ver información sobre una subasta sin registrarme?

Sí. No obstante, para poder ofertar en una subasta en particular deberá encontrarse empadronado en el Registro de Subastas Electrónicas Judiciales, e inscribirse en la subasta en la que desee participar como postor.

1.6 ¿Cómo me empadrono?

Para empadronarse debe acceder al Portal de Subastas Electrónicas Judiciales e iniciar el procedimiento de alta desde la opción "Empadronarse". Luego de completar el Formulario Electrónico de Empadronamiento, deberá seguir las indicaciones que se detallen en el correo electrónico que recibirá en su casilla.

1.7 ¿Qué datos necesito para empadronarme?

En el caso de que una persona física se presente por su propio derecho, deberá completar el Formulario Electrónico de Empadronamiento, con los siguientes datos: nombre y apellido o razón social; nacionalidad; tipo y número de documento (en el caso de extranjeros, pasaporte vigente); Código único de Identificación Laboral (C.U.I.L.), o Código único de Identificación Tributaria (C.U.I.T); domicilio real actualizado; dirección de correo electrónico; teléfono de contacto y CBU correspondiente a la persona física o jurídica, según el caso.

En el supuesto que la persona desee empadronarse en carácter de apoderado (de una persona física o jurídica) o en carácter de representante legal de una persona jurídica (por ejemplo, presidente S.A.), deberá completar un formulario con los datos personales y los de los poderdantes o representados.

En todos los casos, luego de completar el formulario, la persona deberá seguir los pasos que se indiquen en el portal para validar la identidad y cargar, en formato PDF, las constancias de la documentación detallada en el formulario, a fin de que el funcionario de la Oficina de Subastas Electrónicas Judiciales corrobore la correspondencia entre los datos denunciados y la documentación enviada.

1.8 ¿Qué hago si no recibí ningún correo electrónico al empadronarme en el sitio?

Deberá escribir a consultas.subastas@csjn.gov.ar para que el operador verifique el correo electrónico ingresado en el formulario de empadronamiento.

1.9 ¿Qué hago si olvidé mi contraseña?

Si olvidó su contraseña, ingrese al Portal de Subastas Electrónicas Judiciales y seleccione la opción "¿Ha olvidado la contraseña?". Accederá a una nueva página en la que deberá seleccionar y escribir su tipo y número de documento. Luego, el sistema le enviará instrucciones de restablecimiento de contraseña a su correo electrónico.

1.10 ¿Qué tengo que hacer para participar como postor en una subasta?

Para participar como postor en una subasta, necesita:

  • Estar empadronado en el Registro de Subastas Electrónicas Judiciales.
  • Consultar en el Portal las subastas disponibles y seleccionar la de su interés.
  • Seleccionar la opción "Inscribirse a la subasta".

En algunos casos, para poder inscribirse en la subasta, deberá realizar un depósito en garantía como presupuesto de aceptación de su calidad de postor.

1.11 ¿Cómo se mantiene el anonimato de los postores en una subasta?

Al inscribirse como postor en una subasta, el sistema le adjudicará un Código de Postor, el cual será único, secreto y válido sólo para esa subasta. Los datos personales no serán revelados en ningún momento.

1.12 ¿Para qué sirve la reserva de postura?

En el supuesto que la venta no se formalice, por culpa del postor cuya oferta hubiese sido aceptada como definitiva en el acto de la subasta, la autoridad judicial podrá invitar a quienes hubiesen efectuado la reserva de postura a ratificar su mejor oferta, considerándolo entonces como oferente ganador. En el caso que no se hubiera formalizado ninguna reserva de postura, el/la magistrada/o podrá invitar sucesivamente quienes cumplan la condición descripta, hasta tanto alguno ratifique y formalice la oferta.

1.13 ¿Cuándo puedo realizar una reserva de postura?

Tendrá la opción de efectuar la reserva de postura únicamente al momento de inscribirse en una subasta. No podrá realizarla más adelante, ni invalidar la reserva de postura una vez realizada.

1.14 ¿Qué es la compra en comisión?

La compra en comisión significa que, aunque el adquiriente hace el negocio a nombre propio, se propone transferir a un tercero los derechos y obligaciones derivados del contrato. Hay un comprador ostensible (el comisionista) y un comprador eventual (el comitente). Tanto en la compraventa privada, como en la realizada mediante subasta judicial, el comprador "en comisión" asume el carácter de obligado principal si omite transferir en término los derechos y obligaciones emergentes del contrato. La diferencia radica en que mientras en el primer caso dicha transferencia puede operarse hasta el momento mismo de la escrituración, en el caso de la subasta judicial aquella deberá realizarse dentro de un breve plazo computado desde la aprobación de la subasta.

Si la autoridad judicial autoriza la compra en comisión, comitente y comisionista deberán estar empadronados.

1.15 ¿Qué es la postura máxima secreta?

La postura máxima secreta es el precio máximo hasta el cual usted está dispuesto a ofertar. La postura máxima deberá coincidir numéricamente con uno de los tramos predeterminados. Cuando la subasta inicie, y esté o no conectado a la aplicación, el sistema automáticamente pujará en su nombre hasta llegar al precio máximo marcado, que sólo usted conoce. Superado el tramo correspondiente a la postura máxima secreta formulada, usted deberá continuar pujando de manera manual.

1.16 ¿Cómo configuro la postura máxima secreta?

Para configurar la postura máxima secreta, debe encontrarse inscripto en una subasta y ésta no debe haber iniciado. Acceda al detalle de la subasta en la que se encuentra inscripto y seleccione la opción "Configurar postura máxima". Luego ingrese el monto hasta el cual está dispuesto a ofertar y seleccione la opción "Aceptar" para registrar su postura máxima secreta.

1.17 ¿Puedo anular la postura máxima secreta?

Sí, siempre y cuando la subasta no esté en curso. Para ello deberá acceder al detalle de la subasta y seleccionar la opción "Editar postura máxima". Luego seleccione "Eliminar" y ratifique el mensaje de confirmación.

1.18 ¿Cómo puedo ofertar en la subasta?

Para ofertar, tiene que encontrarse inscripto en la subasta. Las sumas que podrá ofertar están determinadas por un cuadro de tramos de pujas numerados correlativamente, correspondiendo a cada uno de ellos un monto en concreto. Cuando desee realizar una oferta, simplemente deberá hacer clic en la opción "Ofertar".

1.19 ¿Por qué mi oferta no quedó registrada?

Es probable que la oferta correspondiente al tramo que intenta ofertar ya haya sido realizada por otro oferente, con anterioridad a la suya. Verifique los horarios de las ofertas efectuadas en dicha subasta.

1.20 ¿Cuál es mi Código de Postor?

Usted cuenta con un Código de Postor distinto para cada subasta en la que se inscribió, el cual estará disponible a partir de que su inscripción sea aprobada. Podrá verlo al ingresar al detalle de la subasta en la que se encuentra inscripto.

1.21 ¿Puedo ver las ofertas que se han realizado?

Sí. Seleccione la opción para visualizar una subasta a partir de la página de inicio o de los resultados de búsqueda de subastas. En la sección "Estado y acciones de la subasta" podrá ver una grilla con las ofertas realizadas. Por cada oferta efectuada, se mostrará Código de Postor, número de tramo, monto y fecha de la oferta.

1.22 ¿Qué es el tiempo de extensión de una subasta?

Si en los últimos tres (3) minutos previos al cierre de la subasta algún postor ofertara un precio más alto, el tiempo para el cierre de ésta se ampliará automáticamente diez (10) minutos, siendo esta situación receptada, efectivizada, publicada y notificada directamente por el sistema a todos los postores.

El tiempo de la subasta se extenderá por idéntico período de tiempo con cada nueva oferta más alta que la anterior que se presente, renovándose dicho tiempo de extensión hasta tanto no se realicen ofertas por diez (10) minutos seguidos.

1.23 ¿Hasta cuándo puedo realizar ofertas?

Desde que la subastas se inicie (en el día y la hora señalados) hasta el cierre de la subasta (en el día y la hora señalados) o bien hasta la finalización del tiempo de extensión, si lo hubiere.

1.24 ¿Quién es el postor ganador de una subasta?

El ganador de la subasta será el postor que haya realizado la oferta más alta. Al cierre de la subasta, el sistema le enviará un correo electrónico al martillero y a todos los postores inscriptos en la subasta, para informarles el Código de Postor que resultó ganador.

1.25 ¿Qué hago si venció mi empadronamiento?

Si su último empadronamiento se encuentra vencido, será necesario realizar uno nuevo. Para ello, deberá volver a completar el Formulario Electrónico de Empadronamiento, desde la opción "Empadronarse".

Si su empadronamiento está próximo a vencer, tendrá la opción de solicitar la renovación. En tal caso, no deberá volver a completar el formulario de Empadronamiento.